Responsabilidad del estado por el conflicto armado interno /
Trabajo de grado - Pregrado
2020
La jurisprudencia colombiana ha reconocido la responsabilidad del Estado acorde con varios
factores de imputación atribuibles a la conducta de sus agentes o entidades, haciendo referencia al
fenómeno de la imputabilidad tanto fáctica como jurídica, sin que hasta el momento se haya
consolidado una tesis homogénea sobre el daño antijurídico que se ocasiona en virtud de dichos
comportamientos, y mucho menos cuando esos daños son ocasionados por personas ajenas al
Estado. Dentro de un ordenamiento jurídico, enmarcado por nuevos parámetros de interpretación,
como el bloque de constitucionalidad y el control de convencionalidad, introducidos
jurisprudencialmente a raíz de la Constitución del 91, la denominada falla del servicio ha sido el
calificativo jurídico de imputación que más se ha utilizado para buscar establecer la obligación del
Estado, de manera tal que indemnice por las consecuencias de las acciones perpetradas por los
actores del conflicto armado interno, aunque también se ha implementado a través de la teoría de
la falla presunta, así como en las tesis del riesgo excepcional y del daño especial. Sin embargo, en
el entendido de que el concepto de víctima del conflicto armado sólo emerge cuando los hechos
sucedidos a quien alega esa calidad guardan relación directa con los protagonistas o hechos del
conflicto armado interno y de que es el daño antijurídico la noción que realmente fundamenta la
responsabilidad administrativa y patrimonial del Estado, la jurisprudencia ha tomado nuevas
posiciones que será necesario profundizar, ahora que sabemos que el conflicto y las acciones
terroristas están de vuelta.
El trabajo.