Examinando por Autor "Sáenz Castro, Nelson de Jesús"
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Publicación Acceso abierto Apuntes del Derecho Público: Una mirada a la Administración de Justicia en Colombia(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2020) Rodríguez-Serpa, Ferney Asdrubal; Guerra, María Cristina; Rodríguez Badel, Katherin Adriana; Sáenz Castro, Nelson de Jesús; Narváez Mercado, Berónica; Cañas González, Sara; de Luque Mendoza, Lauren Vanessa; Paternostro Mozo, Giselle; Paz Rojas, Mirian Isabel; Carrascal Vergara, José Alejandro; Díaz Carpio, Jhon Jairo; Pedroza Estrada, Antonio Yesid; Charris Balcázar, Martha María; Mejía Turizo, Jorge; Moreno Durán, Eliana; Miranda, Stephania"Apuntes del derecho público. Una mirada a la Administración de Justicia en Colombia" es una obra colectiva en coautoría y colaboración con investigadores que presentan los resultados de investigaciones de proyectos de instituciones tales como Universidad Simón Bolívar, Universidad del Magdalena, Universidad de Cartagena, Universidad Libre Barranquilla, Universidad Sergio Arboleda Santa Marta, Universidad del Norte, Corporación Universitaria Rafael Núñez y La Corporación Universitaria del Caribe CECAR en el marco de Alianza de la Red de Grupos y Centros de Investigación Socio jurídica Nodo Caribe.Publicación Acceso abierto El derecho a la tutela judicial efectiva frente al auto que imprueba una conciliación extrajudicial en materia contenciosa administrativa, en el contexto de la constitución política de 1991: Sincelejo, Sucre, Colombia, año 2017 /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2018) Rodríguez Badel, Katherin Adriana; Sáenz Castro, Nelson de Jesús; Narváez Mercado, BerónicaEl presente artículo hace referencia a la imposibilidad jurídica que tiene las partes de apelar el auto que imprueba acuerdos conciliatorios, como quiera que la Ley 1437 de 2011 dispuso de manera específica que autos son susceptibles de apelación, dejando sin opción algunas a las partes de hacer efectivo el derecho a la tutela efectiva, que está en cabeza de un superior, quien es el encargado de revisar la decisión y resuelve de fondo el asunto, lo cual genera la tranquilidad y la equidad en la administración de justicia, respecto de aquellas decisiones con las cuales no se está de acuerdo. El problema jurídico radica en el criterio de los jueces para darle aplicación a lo dispuesto en el art 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [CPACA], cercenado el derecho de las partes y lograr evitar un desgaste en un proceso judicial, ya que la conciliación es requisito de procedibilidad para demandar con el beneficio de hacer efectivos derechos exigidos sin tener que demandar. Identificamos que no existe un mecanismo de tutela judicial efectivo que coadyuve a recurrir una decisión judicial, cuando esta no es favorable a las partes, quedando sin medios procesales para controvertirla, a fin de conseguir la pretensión mediante la conciliación y sin desgastar el aparato jurisdiccional y que la Jurisdicción Contenciosa Administrativa del Circuito de Sincelejo, Sucre, se ajusta a lo dispuesto en los artículo 243 y 303 del CPACA, reduciendo la capacidad del juez a ser esclavo gramatical de la ley. El trabajo.Publicación Acceso abierto EL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA FRENTE AL AUTO QUE IMPRUEBA UNA CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL EN MATERIA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2020) Rodríguez Badel, Katherin Adriana; Sáenz Castro, Nelson de Jesús; Narváez Mercado, BerónicaEn la siguiente investigación se hace referencia a la imposibilidad jurídica que tienen las partes de apelar el auto que imprueba acuerdos conciliatorios. Como quiera que la Ley 1437 de 2011 (Congreso de Colombia, 2011), ha dispuso de manera específica qué autos son susceptibles de apelación, dejando a las partes sin ninguna opción de hacer efectivo el derecho a la tutela efectiva, y que está en cabeza de un superior, quien es el encargado de revisar la decisión y quien resuelve de fondo el asunto. Lo cual genera la tranquilidad y la equidad en la administración de justicia, respecto de aquellas decisiones con las cuales no se está de acuerdo. El problema jurídico radica en el criterio de los jueces para darle aplicación a lo dispuesto en el art 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo [CPACA], cercenando el derecho de las partes, y lograr con ello evitar un desgaste en un proceso judicial, ya que la conciliación es requisito de procedibilidad para poder demandar, y es un beneficio que se activa para hacer efectivos derechos exigidos sin tener que demandar. Se identificó que no existe un mecanismo de tutela judicial efectivo que coadyuve a recurrir una decisión judicial, cuando ésta no es favorable a las partes, quedando sin medios procesales para controvertirla, a fin de conseguir la pretensión mediante la conciliación, y sin desgastar el aparato jurisdiccional, reduciendo la capacidad del juez a ser esclavo gramatical de la ley.