Examinando por Autor "Vega Berrio, Carmen Sofía"
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Ítem Restringido Aplicación del decreto único 1072 de 2015 libro 2, parte 2, titulo 4, capítulo 6 Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo en las PYMES de la ciudad de Sincelejo.- 2016 /(2017) Gutiérrez Arroyo, Alberto Carlos; Vega Berrio, Carmen Sofía; Manotas, José DavidAl realizar el presente trabajo analizaremos como se está ejecutando en las PYMES de la ciudad de Sincelejo la aplicación del decreto 1072 de 2015 por el cual se expide el Decreto Único reglamentario del sector trabajo que en su libro 2, parte 2, titulo 4, capítulo 6, abordan el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo, considerada como la gestión principal que busca mejorar la calidad de vida de los trabajadores en una determinada organización laboral, lo que se reflejará en beneficios preventivos de enfermedades laborales y accidentes de trabajo. Nuestra investigación tuvo lugar en las pequeñas y medianas empresas registradas en la Cámara de Comercio del municipio del Sincelejo, capital del Departamento de Sucre, escogiendo de manera aleatoria una muestra de 62 empresas, pretendiendo determinar si estas tienen conocimiento del decreto único y si es efectiva o no su aplicación, utilizando como método el desarrollo de la investigación cuantitativa, basándonos en la descripción y el resultado de encuestas aplicativas. Como resultado se obtuvo que el 83.8% de las empresas objeto de estudio de encuentran en un nivel bajo de aplicabilidad del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. El trabajo.Publicación Acceso abierto Responsabilidad Extracontractual del Estado frente al daño en bien ajeno. Estudio de caso: Cambio de tubería de agua potable en el Municipio de Sampués, Sucre, Años 2017-2018 /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2019) López Estrada, Olidys Sorangel; Reyes Porto, Viviana; Vega Berrio, Carmen Sofía; Narváez Mercado, BerónicaLa doctrina y la jurisprudencia colombiana exigen un elemento esencial para que se configure la imputación al Estado por el daño que se le ocasione a uno de los ciudadanos, en donde el daño debe tener una causa, por cuanto, es conveniente resaltar que, la causa que ha conllevado a dicho daño tiene relación directa con el hecho, por lo que la doctrina lo ha llamado nexo causal. De hecho, cabe resaltar que, en nuestra Constitución Política, en su artículo 90, nos aclara que todo daño que se le ocasione a un ciudadano por acción u omisión de un agente del Estado, debe ser indemnizado patrimonialmente por el Estado, imputándosele al Estado la responsabilidad por ese daño antijurídico, ya que el ciudadano no estaba obligado a soportar dicha carga. Por lo anterior el Consejo de Estado le atribuye la responsabilidad al Estado por los daños causados a sus ciudadanos por los diferentes títulos de imputación adoptados por la doctrina, de ello existen sentencias condenatorias con indemnizaciones altas para disminuir los perjuicios ocasionados. Por ende en el estudio de caso desarrollado se concluyó que las políticas públicas en el municipio de Sampués Sucre, se ha estado desarrollando de manera deficiente, puesto que han existido omisiones por parte de la administración, en la vigilancia de la ejecución de los proyectos que conllevan el mejoramiento del suministro de agua potable en el municipio, dejando como consecuencia daño en bien ajeno, por el deterioro ocasionado a las diferentes viviendas de algunos ciudadanos, a causa de las maquinarias utilizadas para el desarrollo de esta obra. El trabajo.