Examinando por Materia "Confianza legítima."
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Publicación Acceso abierto Derecho al mínimo vital y móvil de los vendedores ambulantes y estacionarios, frente a la protección del espacio público en la ciudad de Sincelejo Sucre zona céntrica, años 2016- 2018 /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2018) Rodríguez Morelo, Julio Manuel; Rodríguez Morelo, Rodrigo Rafael; Palencia Sánchez, Katia MarcelaLa ciudad de Sincelejo ocupa según las mediciones del DANE-2018, el segundo lugar con un 65.1% en informalidad; compuesta en gran parte por vendedores estacionarios y ambulantes, que encuentran en estas actividades la forma de subvenir su derecho fundamental al trabajo y al mínimo vital y móvil ejerciendo tales actividades en el espacio público, generando la pugna jurídica sobre la prevalencia o no de este derecho frente a la protección del interés general referido a la conservación del espacio público. El objetivo ha sido determinar las acciones ejecutadas por la administración municipal para mitigar este flagelo, dentro de estas la estructuración del Plan de Ocupantes del Espacio Público POEP, encaminado a la recuperación de estas áreas para mejorar la movilidad peatonal, vehicular, y competitividad de la ciudad. Las sentencias C -211 de 2017 y T -257 de 2017, enfatizan la configuración de los criterios para determinar la confianza legítima: la permanencia en el tiempo ejecutando labores en un lugar determinado con el consentimiento, y el permiso u omisión de la administración sin que esta realice operaciones de reubicación o restitución de bienes de uso público, por lo cual, para poder ejecutar acciones de recuperación sobre ellos, se requerirá entonces que las políticas de gobierno contemplen medidas alternativas para los vendedores informales en las que se incluyan acciones para trascender a la formalidad laboral. El trabajo.Publicación Acceso abierto Derecho al mínimo vital y móvil de los vendedores ambulantes y estacionarios, frente a la protección del espacio público en la ciudad de Sincelejo Sucre zona céntrica, años 2016- 2018 /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2018) Rodríguez Morelo, Julio Manuel; Rodríguez Morelo, Rodrigo Rafael; Palencia Sánchez, Katia MarcelaLa ciudad de Sincelejo ocupa según las mediciones del DANE-2018, el segundo lugar con un 65.1% en informalidad; compuesta en gran parte por vendedores estacionarios y ambulantes, que encuentran en estas actividades la forma de subvenir su derecho fundamental al trabajo y al mínimo vital y móvil ejerciendo tales actividades en el espacio público, generando la pugna jurídica sobre la prevalencia o no de este derecho frente a la protección del interés general referido a la conservación del espacio público. El objetivo ha sido determinar las acciones ejecutadas por la administración municipal para mitigar este flagelo, dentro de estas la estructuración del Plan de Ocupantes del Espacio Público POEP, encaminado a la recuperación de estas áreas para mejorar la movilidad peatonal, vehicular, y competitividad de la ciudad. Las sentencias C -211 de 2017 y T -257 de 2017, enfatizan la configuración de los criterios para determinar la confianza legítima: la permanencia en el tiempo ejecutando labores en un lugar determinado con el consentimiento, y el permiso u omisión de la administración sin que esta realice operaciones de reubicación o restitución de bienes de uso público, por lo cual, para poder ejecutar acciones de recuperación sobre ellos, se requerirá entonces que las políticas de gobierno contemplen medidas alternativas para los vendedores informales en las que se incluyan acciones para trascender a la formalidad laboral. El trabajo.Ítem Acceso abierto Derecho al mínimo vital y móvil de los vendedores ambulantes y estacionarios, frente a la protección del espacio público en la ciudad de Sincelejo Sucre zona céntrica, años 2016- 2018 /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2018) Rodríguez Morelo, Julio Manuel; Rodríguez Morelo, Rodrigo Rafael; Palencia Sánchez, Katia MarcelaLa ciudad de Sincelejo ocupa según las mediciones del DANE-2018, el segundo lugar con un 65.1% en informalidad; compuesta en gran parte por vendedores estacionarios y ambulantes, que encuentran en estas actividades la forma de subvenir su derecho fundamental al trabajo y al mínimo vital y móvil ejerciendo tales actividades en el espacio público, generando la pugna jurídica sobre la prevalencia o no de este derecho frente a la protección del interés general referido a la conservación del espacio público. El objetivo ha sido determinar las acciones ejecutadas por la administración municipal para mitigar este flagelo, dentro de estas la estructuración del Plan de Ocupantes del Espacio Público POEP, encaminado a la recuperación de estas áreas para mejorar la movilidad peatonal, vehicular, y competitividad de la ciudad. Las sentencias C -211 de 2017 y T -257 de 2017, enfatizan la configuración de los criterios para determinar la confianza legítima: la permanencia en el tiempo ejecutando labores en un lugar determinado con el consentimiento, y el permiso u omisión de la administración sin que esta realice operaciones de reubicación o restitución de bienes de uso público, por lo cual, para poder ejecutar acciones de recuperación sobre ellos, se requerirá entonces que las políticas de gobierno contemplen medidas alternativas para los vendedores informales en las que se incluyan acciones para trascender a la formalidad laboral. El trabajo.