Examinando por Materia "M19."
Mostrando 1 - 1 de 1
Resultados por página
Opciones de ordenación
Publicación Acceso abierto Análisis Jurisprudencial: Delitos De Lesa Humanidad /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2018) Arrieta, Cristo; Mercado Salcedo, Karolina; Romero Yepes, Diego; Díaz Fernández, Dairo DavidEl presente análisis jurisprudencial, se realizara sobre el medio de control reparación directa con radicación N° 25000-23-26-000-2012-00537-01 (45092), sobre los delitos de lesa humanidad. La señora TERESA DEL SOCORRO ISAZA DE ECHEVERRY y OTROS, llevaron a cabo una demanda contra la Nación y el Ministerio de Defensa Nacional por la muerte de su esposo JORGE ALBERTO ECHEVERRY CORREA, ocurrida el día que sucedieron los hechos de la toma del Palacio de Justicia por los miembros del grupo guerrillero del M19, es decir el 6-7 de noviembre de 1985 en Bogotá. Dicha demanda fue instaurada el 21 de marzo de 2012. Sin embargo esta demanda no prosperó porque el Tribunal Administrativo de Cundinamarca la negó, aduciendo para tal decisión la caducidad del hecho, es decir, haber pasado más del tiempo estipulado para tal fin, en el caso del señor Jorge Alberto Echeverry ya pasaron más 26 años para el momento de la demanda, sobrepasando los dos años que supuestamente el Tribunal Administrativo de Cundinamarca argumentaba se requería para tal efecto, porque no se trató de un delito de desaparición forzosa, aunque si existen rasgos de delito de lesa humanidad. Sin embargo, en este caso en específico las normas del derecho interno deben ceder ante la normativa internacional que establece que respecto de esos hechos, las acciones judiciales no están sometidas a ningún tipo de prescripción ni de caducidad que impida a las víctimas solicitar la reparación de los perjuicios en cualquier tiempo. En este caso “la norma internacional se inclina por proteger la victima de las violaciones de derechos humanos, razón por la cual la seguridad judicial debe ceder en punto de imprescriptibilidad de las acciones. A lo largo de nuestro análisis se evidenciara que se trata de crímenes que no caducan y en los que la historia se encargará de descubrir la verdad. Por lo que se fallara al final en justicia y reconociendo los derechos de quienes han sido víctimas de este tipo de delitos como lo es el delito de: LESA HUMANIDAD. El trabajo.