Examinando por Materia "Poder público."
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Publicación Restringido ¿Cuál estado social de derecho? /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2017) González Muñoz, Onasis Miguel; Palencia Sánchez, Katia MarcelaColombia es un Estado Social de Derecho, ello implica que el Estado debe garantizar el libre desarrollo del ser humano, y que a este se le respeten unos derechos sociales que claramente van más allá de la mera enunciación de unos derechos civiles. Conlleva, según la Constitución Política de 1991, que todas las leyes y normas deben estar orientadas y dirigidas a satisfacer la dignidad humana de lo contrario sería inconstitucional. Lo anterior, permite reflexionar sobre uno de los cambios más significativos, sino el más importante en la constituciónalizacion del Estado colombiano. En consonancia, en el presente artículo se analiza el significado de la cláusula social y los contenidos que permitieron acuñar el término que hoy conocemos como “Estado Social”, y que fue consagrado como decisión política por el constituyente primario en la Carta Política de 1991; inclusión normativa, que produce implicaciones no solo sociales, sino también gubernamentales y políticas intrínsecas a la definición de Colombia, como un “Estado Social de Derecho” al tenor del preámbulo1 y el artículo primero de la Carta Fundamental. Es relevante anotar, que la importancia del estado social derecho, radica en el respeto de los derechos humanos y el acatamiento de los principios rectores de la actuación estatal, en este sistema se fusiona el concepto de social y de derecho respectivamente, en este sentido "... el concepto de estado social de derecho se desarrolló en tres principios orgánicos: legalidad, independencia y colaboración de las ramas del poder público para el cumplimiento de los fines esenciales del estado. El trabajo.Publicación Acceso abierto Desarrollo constitucional y conceptual del poder constituyente y el poder público en Colombia /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2020) Orozco Jiménez, Yisseth Bivian; Narváez Mercado, BeronicaEl poder constituyente es la potencia originaria, extraordinaria y autónoma del cuerpo político de una sociedad que dicta las normas fundamentales para la organización y funcionamiento de su convivencia política y jurídica, pudiendo sustentar o cancelar la Constitución en su pretensión de validez (Alcalá H. N., 2017). Originario porque no deviene de ningún otro poder que le preceda en existencia, extraordinario ya que solo se da en situaciones o circunstancias especiales y políticamente autónomo al ser este el instrumento a través del cual el pueblo ejerce soberanía. Este poder se concibe en el pueblo, reside en cada una de las personas que conforman el estado, se nutre de las necesidades sociales y se plasma en cartas magnas o en leyes que se convierten en los patrones de conducta que deben seguir quienes hacen parte de una nación. El libro que por excelencia respalda esta figura es la Constitución Política de Colombia, en ella se encuentran plasmadas todas las normas que regularan el Estado, de ahí nacen todo tipo de leyes. Por su parte, el poder público es la facultad que tiene el Estado para someter a alguien a realizar determinado acto. El poder público es necesario para el buen desempeño de los grupos sociales que convergen en un mismo espacio físico. Toda sociedad requiere de un orden y normas establecidas que permitan la convivencia humana en armonía, la cual se ve traducida en el ejercicio del poder. Podemos concluir afirmando, que son dos poderes totalmente distintos, que gozan de una estructura claramente diferente y que tienen alcances jurídicos propios. El poder constituyente emana de la voluntad soberana del pueblo, mientras que el poder público nace para proteger y salvaguardar el estado. Podría señalarse que uno depende del otro, pero no por eso afirmar que son iguales, cada uno posee una definición y un área específica. El trabajo.