Publicación: Lineamientos de intervención para plan parcial de vivienda deinterés social en Sincelejo
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Resumen en español
El plan parcial debe entenderse como un instrumento de planificación integral en él se combinan elementos propios del proceso de planificación territorial con el diseño de los mecanismos e instrumentos, que harán viable el proyecto de transformación del territorio, además de regular las políticas y estrategias, la implementación, aprobación, ejecución y control y seguimiento que servirán de fundamento al Plan de Ordenamiento Territorial, él diagnóstico territorial, la prospectiva de desarrollo físico sobre el futuro del municipio de Sincelejo. El derecho a la vivienda digna está reconocido por el artículo 51 de la Constitución Política de Colombia. De frente Es un derecho de carácter asistencial que requiere de un desarrollo legal previo y que debe ser prestado directamente por la administración o por las entidades asociativas que sean creadas para tal fin. La Corte Constitucional ha establecido que aunque este derecho no es de carácter fundamental el Estado debe proporcionar las medidas necesarias para suplir las necesidades de los colombianos de una vivienda bajo unas condiciones de igualdad. Este trabajo es la propuesta de un plan parcial para el municipio de Sincelejo donde se plantea una solución de viviendas de interés social que busca disminuir el déficit de vivienda que hay en el municipio, a través de unas estrategias de consolidación e integración del territorio y de los sistemas preexistentes con la zona de desarrollo urbano del municipio, establecida por el Plan de Ordenamiento Territorial, proyectando las estrategias contenidas en él a corto, mediano y largo plazo.