Examinando por Materia "Título ejecutivo."
Mostrando 1 - 1 de 1
Resultados por página
Opciones de ordenación
Ítem Acceso abierto Cualificación de la notificación personal en el proceso monitorio, en el marco de la sentencia C031-2019 de la corte constitucional colombiana /(Corporación Universitaria del Caribe - CECAR, 2019) Hoyos Machado, Andrea Meredith; Sotomayor Gazabón, Karina Isabel; Narváez Mercado, BerónicaEl Código General del Proceso colombiano, Ley 1564 de 2012, introdujo al ordenamiento jurídico, un proceso novedoso, que entro en vigencia el 1 de enero del año 2014, este es, el Proceso Monitorio, mismo que, por su naturaleza especial busca de manera simplificada, sencilla y ágil la creación de un título ejecutivo que reconozca obligaciones dinerarias de mínima cuantía a favor de quien en virtud de la informalidad no cuenta con un documento que respalde su acreencia; la Corte Constitucional en aras de proteger el derecho al debido proceso, en especial en su contenido de contradicción y defensa del presunto deudor, sienta el precedente de la obligatoriedad de la notificación personal, como equilibrio al dicho del demandante, excluyendo los demás tipos de notificación, al igual que la representación mediante curador ad litem. Esta investigación se realizó a partir del estudio de la notificación y su práctica en el anterior Código de Procedimiento Civil (CPC) y el actual Código General del Proceso colombiano (CGP), como también el estudio del proceso monitorio, para establecer con el estudio de la Sentencia C-031-2019 de la Corte Constitucional colombiana lo que lograría la notificación personal en virtud de estos procesos, o si solo estaríamos frente a un sueño de nunca alcanzar, lo que nos arrojó como conclusión que, la notificación personal es el mecanismo que garantiza los derechos fundamentales para ambas partes en este proceso. El trabajo.