Publicación: Derecho y salud: Debates contemporáneos
Resumen
En Colombia el derecho a la salud fue incluido en la Constitución Política de 1991 dentro del capítulo de los Derechos sociales, económicos y culturales. No obstante, la evolución de su protección en el ámbito interno, se dio a partir de la influencia de su órbita en la doctrina y normatividad internacional para que, la Corte Constitucional, a partir de la lectura hermenéutica y articulada de la Carta Política reconociera en la Sentencia T 780 de 2006 que este es un derecho fundamental autónomo, por su calidad de derecho subjetivo de aplicación inmediata, esencialidad e inalienabilidad para la persona y su relación intrínseca con la dignidad humana. Para este alto tribunal la salud es no solo la ausencia de afecciones y enfermedades de una persona, sino un estado de “bienestar físico, mental y social dentro del nivel posible de salud para una persona”. El derecho a la salud implica entonces, el nivel de salud más alto posible en un Estado. Aun así, este derecho no es unívoco o absoluto, en tanto responde a diferencias surgidas por factores sociales o ambientales de las diferentes comunidades que integran la Nación, lo que lo hace pluriétnico y multicultural (Corte Constitucional, Sentencia T 760 de 2008).