El presente artículo va dirigido a demostrar que el carácter vinculante del sentido del fallo que impone el artículo 373 del Código General del Proceso, vulnera la verdadera justicia material en el proceso civil. Para ello, identificamos el espíritu o motivo que tuvo el legislador con dicha norma, la cual fue determinar una duración razonable en el proceso civil, que implique la cercanía entre la demanda y la sentencia.